Normas
Boletìn 5 - Marzo 01 a 11 de 2019
RED ANTICORRUPCIÓN
Se crea la Red Anticorrupción integrada por los Jefes de Control Interno o quien haga sus veces para articular acciones oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos de corrupción en instituciones públicas, para generar las alertas de carácter preventivo frente a las decisiones de la administración, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.
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Boletìn 5 - Marzo 01 a 11 de 2019
DOCUMENTOS TIPO LICITACIÓN OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
Adopta los documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte. Los Documentos Tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública.
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Altas Cortes
Boletìn 5 - Marzo 01 a 11 de 2019
¿ES PROCEDENTE LA RELIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN GRACIA POR NUEVOS TIEMPOS DE SERVICIOS O FACTORES DEVENGADOS?
Consejo de Estado explicó qué es la pensión de jubilación gracia y su reliquidación; esta pensión fue consagrada mediante el artículo 1 de la Ley 114 de 1913, en favor de los maestros de las escuelas primarias oficiales que hayan servido en el magisterio por un término no menor de 20 años. Pero paulatinamente se fue extendiendo a otros docentes y profesores. Así mismo, indicó que es improcedente la reliquidación de la pensión gracia con base en los factores salariales devengados en el año anterior al retiro, en la medida que para acceder a esta pensión es necesario el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por el legislador. En tal sentido, su liquidación se debe efectuar teniendo en cuenta todos los factores salariales devengados en el año anterior a la consolidación del derecho, y no es posible hacerla por nuevos tiempos de servicios prestados o factores devengados.
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RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SON DE LOS ENTES TERRITORIALES
Los recursos girados a las entidades territoriales, provenientes del Sistema General de Participaciones, con el propósito de cubrir gastos en educación y otros sectores, hacen parte de los recursos propios de los entes territoriales, razón por la cual el carácter del docente nombrado y pagado con dichos recursos es territorial y no nacional. Es decir, una vez los recursos son transferidos a los departamentos y municipios estos son incorporados a los presupuestos locales, por lo que son de su exclusiva propiedad.
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AUTOS APELABLES EN LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA
Serán apelables los siguientes autos proferidos en la misma instancia por los jueces administrativos: 1. El que rechace la demanda. 2. El que decrete una medida cautelar y el que resuelva los incidentes de responsabilidad y desacato en ese mismo trámite. 3. El que ponga fin al proceso. 4. El que apruebe conciliaciones extrajudiciales o judiciales, recurso que solo podrá ser interpuesto por el Ministerio Público. 5. El que resuelva la liquidación de la condena o de los perjuicios. 6. El que decreta las nulidades procesales. 7. El que niega la intervención de terceros. 8. El que prescinda de la audiencia de pruebas. 9. El que deniegue el decreto o práctica de alguna prueba pedida oportunamente.
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NO PROCEDE PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE CONGRESISTA CUANDO EXISTAN JUSTAS CAUSAS QUE IMPIDAN SU POSESIÓN
Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura del congresista Seuxis Paucias Hernández Solarte por no posesionarse el 20 de julio de 2018. El Consejo de Estado encontró que el Congresista estaba amparado en una situación de fuerza mayor, pues (i) la detención administrativa de la cual es sujeto, proviene de una autoridad judicial y, por tanto, le es externa; (ii) la privación de su libertad constituye un hecho imprevisible e irresistible, en tanto no lo pudo prever, así como tampoco soportar o sobrellevar y, finalmente, (iii) no se acreditó que hubiera mediado culpa del demandado.
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REVOCA SUSPENSIÓN CONCURSO DE MÉRITOS ALCALDÍA DE CALI
Consejo de Estado revocó la suspensión del concurso de méritos de la Convocatoria 437 del 2017 «por medio de la cual se busca proveer cargos de carrera en la Alcaldía de Cali», por considerar que es una afectación desproporcionada a los aspirantes teniendo en cuenta la postura reciente de la corporación. En efecto, la suspensión se había decretado el 20 de septiembre del año pasado por considerar que la ausencia de firma del representante legal de dicha entidad en la convocatoria implicaba el desconocimiento de uno de los requisitos sustanciales de aquella. En ese sentido, acogió el argumento de que la Comisión Nacional del Servicio Civil goza de suficiente competencia, autoridad, independencia y capacidad de acción para definir, de forma excluyente y exclusiva, lo relativo a la organización y administración de la carrera administrativa. Por tal razón, como la firma por parte de la entidad beneficiaria del concurso no se erige como requisito sine qua non para la existencia y validez del acto que la incorpora, se mantuvo en firme el concurso.
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Congreso
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Proyecto de Ley No. 311 de 2019 – 227 de 2019 Senado
Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022. Pacto por Colombia, pacto por la equidad. Los días 11, 12 y 14 de marzo se reunirán los coordinadores y ponentes del PND para discutir aspectos puntuales de la propuesta de ponencia para primer y tercer debate del proyecto de ley.
Así mismo, el día 12 de marzo en la Comisión Sexta de Cámara de Representantes se continuará con el estudio de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo relacionados con los temas de la Comisión, para ello está citada la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios. En la Comisión de Derechos Humanos también se estudiará el articulado correspondiente.
Por su parte las Comisiones conjuntas económicas de Senado y Cámara de Representantes continuarán el estudio de los temas tratados en las subcomisiones especiales el día 13 de marzo de 2019 a partir de las 8 de la mañana.
El mismo día la Comisión Séptima de Senado se centrará en la discusión y aprobación del informe de Observaciones y Recomendaciones a rendir por parte de la Comisión Accidental designada, para ser enviado antes del primer debate a las Comisiones Económicas. Así mismo se escuchará al Ministro de Salud y de la Protección Social y al Superintendente Nacional de Salud para que sustenten lo correspondiente al PND.
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Editorial
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SE CREA LA RED ANTICORRUPCIÓN
En el presente Boletín se incorpora el Decreto 338 de 2019, por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción. La Red Anticorrupción estará integrada por los
Jefes de Control Interno o quien haga sus veces para articular acciones oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos de corrupción en instituciones públicas, así mismo, para generar las alertas de carácter preventivo frente a las decisiones de la administración, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública. El Decreto puede ser consultado en el siguiente enlace
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