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Cancelación en el registro sindical por orden judicial o fusiónRealizar el registro ante el Ministerio del Trabajo de la cancelación de la personería jurídica de una organización sindical por orden judicial, cuando anteceda la decisión de un juez en firme y ejecutoriada o cuando la asamblea general de un sindicato decida fusionarse con otra organización sindicial. Entidad: MINISTERIO DEL TRABAJO |
Afiliación al Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaQue el trabajador dependiente o independiente obtenga de manera libre y voluntaria, la afiliación al Sistema General de Pensiones, en forma permanente a través de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, bajo el régimen de prima media con prestación definida. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Gestión de novedades de nómina - traslado Entidad Promotora de Salud (EPS) y devolución de aportes en saludObtener el traslado de la Entidad Promotora de Salud (EPS), régimen de excepción o universidades, garantizando que los aportes se efectúen en la entidad a la cual se encuentra afiliado; en el caso de pensionados radicados en el exterior, podrán solicitar interrupción y el aporte al Sistema General de Salud; en el caso de devolución de aportes resolver el estado de aseguramiento en la EPS en la cual se encuentre activo. Para los casos de traslado entre Entidades Promotoras de Salud, Serán las mismas entidades (EPS), quienes reporten directamente a Colpensiones, una vez sea aceptado el traslado por la EPS. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Destinación de recursos del servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)Colpensiones. Obtener el Beneficio Económico Periódico por el ahorro realizado hasta la fecha de cumplimiento de la edad de retiro, si es mujer haya cumplido 57 años de edad y 62 años si es hombre, con las siguientes alternativas: 1. Anualidad Vitalicia. 2. Pago total o parcial de un inmueble de su propiedad. 3. Devolución de los ahorros con rendimientos en un único pago. 4. Traslado del ahorro para completar una pensión mínima en el Sistema General de Pensión. Adicionalmente, si el vinculado fallece, realizar la devolución de ahorros a sus herederos. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |