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Declaración de protección de denominación de origenObtener protección de la denominación de origen, constituida por la denominación de un país de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que sin ser la de un país, una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluyendo los factores naturales y humanos. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Depósito de nombre o enseña comercialDepósito en el registro de Propiedad Industrial del signo que siendo perceptible por los sentidos de la vista y del oído sirve para identificar o distinguir a una persona física o jurídica en el ejercicio de su actividad empresarial (nombre comercial); o depositar el signo que utiliza una empresa para distinguir su establecimiento de comercio (Enseña Comercial). Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Registro de marca de productos y servicios y lema comercialRegistro de cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado (marca), o cualquier signo que sirva para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios pertenecientes a empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular (marcas colectivas), o cualquier signo destinado a ser aplicado a productos o servicios cuya calidad u otras características han sido certificadas por el titular de la marca (marca de certificación) y aquella palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca (lema). Lo anterior, para que sea concedido el uso exclusivo por diez años, y el derecho de actuar contra terceros que la utilicen sin consentimiento. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Inscripción al registro de propiedad industrialInscripción de todo aquella afectación a los derechos de propiedad industrial que reposan en el Registro Público de la Propiedad Industrial, es decir, todo lo que modifique o altere el registro existente. Puede ser afectado como consecuencia de una licencia de uso, cambio de nombre, cambio de domicilio, cambio de dirección, inscripción de garantías mobiliarias, medidas cautelares, transferencias, renuncia de derechos y por la modificación o limitación del alcance de las reivindicaciones, conversión, división o fusión de nuevas creaciones. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Cancelación de un registro de marca, lema comercial o de autorización de uso de denominación de origen1. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando sin motivo justificado no ha sido utilizado dentro del mercado de la Comunidad Andina por su titular o por otra persona autorizada para ello, durante los tres años consecutivos precedentes a la presentación de la acción de cancelación (falta de uso). 2. Cancelación de un registro de marca o lema comercial si existe un registro que ha sido concedido desconociendo la existencia previa de un signo notoriamente conocido en la Comunidad Andina, con el cual resulta confundible (notoriedad). 3. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando se ha convertido en una expresión genérica o de uso común para los productos o servicios que ella distingue (vulgarización). 4. Cancelación cuando la autorización de uso de la denominación de origen es utilizada en el mercado de una manera que no corresponde a lo indicado en la declaración de protección de la denominación de la origen. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Denuncias de telecomunicaciones y televisión - Superintendencia de Industria y ComercioPresentar denuncias a operadores de servicios de telecomunicaciones (telefonía, internet, postales, televisión por suscripción y comunitaria), por posibles incumplimientos a los derechos de los usuarios. Denuncia o queja, es poner en conocimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio inconformidades respecto de los Servicios de Telecomunicaciones y Postales, por posibles incumplimientos de los derechos de los usuarios, para que la SIC ejerza sus funciones de inspección vigilancia y control con el fin de proteger el interés general y el derecho colectivo de todos los consumidores, mediante la imposición de sanciones u órdenes administrativas. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Concesión título de patente de invenciónProtección de invenciones de producto o procedimiento, en todos los campos de la tecnología, que sean nuevas, tengan nivel inventivo y susceptibles de aplicación industrial. El otorgamiento de título de patente de invención, impide temporalmente a otros la fábrica y/o su utilización comercial. No se consideran invenciones y no son objeto de protección las solicitudes relacionadas con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, material biológico existente en la naturaleza, obras literarias, artísticas, juegos, programas de computador; invenciones que atenten contra la moral, orden público, salud, la vida de las personas, animales, vegetales o el medio ambiente; las plantas, los animales y procedimientos esencialmente biológicos para producirlos; los métodos terapéuticos, quirúrgicos y de diagnóstico aplicados a los seres humanos, animales, y los usos. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Concesión título de patente de modelo de utilidadProtección de invenciones que se otorga a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos; de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo; que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora, o que le produce alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. No podrán ser objeto de esta protección los procedimientos, compuestos y/o composiciones químicas, y lo relacionado con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, seres vivos de la naturaleza, genoma humano, obras literarias y artísticas, las reglas y métodos de juegos, programas de computador, formas de presentar información, invenciones que atenten contra la moral, la salud y orden público; métodos terapéuticos o quirúrgicos y los usos. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Presentación de solicitud de patente en los países miembros del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT)Manifestación que se hace de la solicitud de protección de patente en los países miembros del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) acuerdo de cooperación internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con el objetivo de simplificar y hacer más eficaz y económico el procedimiento de presentación de solicitudes de patentes en varios países, permitiendo que ante una sola oficina de patentes (receptora) se presente una solicitud única (solicitud internacional), redactada en un solo idioma y que tenga el mismo efecto de una solicitud nacional. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Programa de Asistencia a Inventores - PAIEl programa consiste en vincular a los inventores y las pequeñas empresas de escasos recursos financieros, con abogados de patentes que están dispuestos a prestar sus servicios de asistencia jurídica de forma gratuita, con el objeto de ayudar a los inventores en el trámite de sus solicitudes para la protección de sus invenciones mediante patente. La admisión en el PAI no compromete la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio de conceder o negar la solicitud de patente. El Programa no evalúa los requisitos de patentabilidad, el cumplimiento de los requisitos será evaluado por la Oficina de patentes de la SIC como parte del trámite de solicitud de la patente. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |