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Concepto 090871 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las inhabilidades para acceder a una Curul de Paz, están contenidas en el Parágrafo 2o del Artículo transitorio 5 del Acto Legislativo Número 02 de 2021 y en los artículos 179 de la Constitución Política y 280 de la Ley 5a de 1992.

Concepto 090981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cada entidad es responsable de establecer el manual específico de funciones y competencias laborales de la planta donde se identifiquen los perfiles para el cumplimiento de los objetivos institucionales, donde se deben establecer las funciones y las competencias laborales de los empleos y los requerimientos exigidos para el desempeño de los mismos. Este es considerado el soporte técnico que justifica y da sentido a la existencia de los cargos en una entidad u organismo público.

Concepto 091001 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No hay impedimento para que un empleado p¿blico pueda laborar para una organizaci¿n no gubernamental ONG de car¿cter privado, siempre y cuando:1. Sus funciones no las realice en horas laborales, pues en caso contrario se violar¿a el deber legal de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempe¿o de las labores propias del cargo que desarrolla como empleado p¿blico.2. No preste a t¿tulo particular servicios de asistencia o asesor¿a en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad donde actualmente labora.3. La entidad privada no maneje o administre recursos p¿blicos, de lo contrario se configurar¿a inhabilidad para suscribir contratos con dicha entidad, la cual se sanciona bajo el amparo de la ley disciplinaria.

Concepto 091021 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición de parientes en la misma entidad se encamina a restringir la vinculación a quien tenga la función nominadora. En consecuencia, tratándose de la vinculación como empleados públicos en la misma entidad, como quiera que ninguno de ellos tiene la función nominadora del otro, por cuanto la competencia en este caso, es del gerente, no se configura inhabilidad o incompatibilidad para que ambos pueden ejercer en la misma entidad.

Concepto 091111 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Servidor público es toda persona natural que mediante relación de trabajo y bajo continuada dependencia y subordinación ejerce funciones públicas en forma permanente o temporal a una entidad estatal, atribuidas al cargo o la relación laboral y que constan en la Constitución Política, la ley o el reglamento o le son señaladas por autoridad competente. También, son servidores públicos los trabajadores oficiales, los de elección popular y periodo fijo. Se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1821 de 2016, sobre retiro forzoso por tratarse de trabajadores oficiales, se deberá estar a lo dispuesto en el contrato de trabajo, la convención o acuerdos laborales, verificando si en ellos se pactó que se dé aplicación a la mencionada ley.

Concepto 091171 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición para el servidor que ejerza la función nominadora, consiste en que no puede nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco en los grados señalados en la citada norma constitucional, es decir, hasta el cuarto grado de consanguinidad, como son padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, tíos, primos y sobrinos; segundo de afinidad - suegros, nueras y cuñados, o primero civil - hijos adoptivos y padres adoptantes; o relaciones de matrimonio o unión permanente. se debe observar: 1. Si el nombramiento se produce en aplicación de las normas vigentes sobre ingreso o ascenso en la carrera administrativa, será procedente hacerlo, toda vez que esta circunstancia se encuentra prevista como excepción a la prohibición establecida en el artículo 126 de la Constitución Política. 2. Por el contrario, si la vinculación se realiza a través de otro mecanismo distinto al del mérito, como lo es un nombramiento en provisionalidad o en un empleo de libre nombramiento y remoción, se configurará la prohibición referida.

Concepto 091721 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El concepto de defensa y seguridad nacional no aplica para adelantar un proceso de contratación para adquirir por parte de una entidad del Estado los servicios de control y vigilancia de la movilidad.

Concepto 091731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 091741 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los servidores públicos que completen su esquema de vacunación contra el Covid-19 en el mes de diciembre del año 2021 (en el que entró en vigencia el decreto) o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, tendrán derecho a un día libre en el primer trimestre del año 2022. Este beneficio no aplica para quienes hayan completado el esquema de vacunación antes de iniciar el mes de diciembre, pero sí para quienes reciban la dosis de refuerzo en los tiempos establecidos por el Gobierno Nacional.

Concepto 091761 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En relación a la manera como se deben liquidar las cesantías anticipadas de un empleado del régimen de cesantías retroactivas que se encuentra en un encargo, el salario que se devenga en el empleo es el que se encuentra encargado se debe tener en cuenta por el tiempo que ha ejercido esa situación administrativa; y no por todo el tiempo que lleva vinculado a la administración ya que la entidad deberá liquidar las cesantías con el régimen anualizado de manera temporal solamente mientras se ejerce el encargo. El régimen de cesantías anualizadas con la Ley 344 de 1996, se extendió a los públicos del orden territorial y consiste en que el empleador el 31 de diciembre de cada año debe liquidar las cesantías por anualidad o fracción, consignando el valor correspondiente al fondo de cesantías al que se encuentre afiliado el empleado, lo cual cobija a las personas vinculadas a partir del 31 de diciembre de 1996, en el orden territorial.