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Concepto 104751 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Teniendo en cuenta la facultad que se encuentra en cabeza del nominador de conformar o disolver los grupos internos de trabajo, así como la designación del coordinador del grupo y el otorgamiento de la prima por coordinación; este podrá decidir cómo y cuándo ubica o reubica dentro de la organización el recurso humano con el que funciona la entidad, teniendo en cuenta los encargos de funciones que se han realizado en la entidad.

Concepto 104781 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado con derechos de carrera en una entidad que se rige por las disposiciones del sistema general de carrera que supera un concurso de méritos y es nombrado en una entidad, que no se rige por el sistema general de carrera, deberá renunciar a su empleo antes de tomar posesión en el otro cargo.

Concepto 104911 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El término inicial de 10 días para posesionarse, podrá prorrogarse, hasta por 90 días hábiles más, y no será procedente otorgar nuevas prórrogas sobre dicho término. Los días para tomar posesión serán días hábiles, a partir de la comunicación sobre la designación.

Concepto 104951 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Con la posesión en período de prueba en otra entidad, se produce una separación temporal del empleado público con ocasión de un nombramiento en período de prueba, la cual surtirá efectos sólo en los eventos en que el servidor regrese a su empleo o no supere el período de prueba, se precisa que las evaluaciones parciales eventuales deben producirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del momento en que se presente la situación que las origina.

Concepto 105051 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Será procedente la asignación temporal de las funciones a un funcionario de planta, siempre y cuando la situación administrativa en la que se encuentre el empleado, implique separación transitoria del ejercicio de sus funciones o de alguna de ellas, no genera vacancia temporal, y el empleado al cual se le asignen las funciones, se desempeñe en un cargo de la misma naturaleza, con funciones afines a las que se van a asignar; de lo contrario no será procedente la asignación de funciones.

Concepto 105111 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La inhabilidad establecida en el numeral 4, del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 37 de la Ley 617 de 2000, opera por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio, se considera que al ser el aspirante a concejal, pariente en cuarto grado de consanguinidad (primo) de un empleado del nivel directivo del respectivo ente territorial, no se configura la inhabilidad señalada en precedencia.

Concepto 105121 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el empleado requiere permiso remunerado para ejercer la docencia universitaria dentro de su jornada laboral, éste no podrá exceder de cinco (5) horas, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.5.5.20 del Decreto 1083 de 2015. Si por el contrario, esta actividad se realiza por fuera de la jornada de trabajo, el empleado podrá dictar el número de horas que considere apropiadas, respetando la obligación contenida en el numeral 11 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, sin que sea necesario solicitar autorización al empleador para ejercer esta actividad.

Concepto 105131 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las entidades públicas podrán seguir vinculando a quienes requieran realizar su práctica laboral, toda vez que tal situación no contraviene las prohibiciones contenidas en la Ley 996 de 2005, en el entendido de que quienes las realizan no tienen una relación laboral con la respectiva entidad.

Concepto 105141 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

1. No será procedente implementar la nueva planta de personal, en la que se suprima la anterior planta de personal, se creen nuevos cargos y se cambien de denominación de algunos cargos existentes, dado que dicha circunstancia no se considera como una excepción a la prohibición establecida en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005. 2. No existe prohibición para que durante la aplicación de la Ley de garantías se modifiquen o actualicen los manuales específicos de funciones y de competencias laborales; no obstante, se debe tener en cuenta que ello no puede derivar en la creación de nuevos cargos; es decir, no es procedente que modifiquen todas y cada una de las funciones de un empleo, ya que en ese evento estaríamos frente a un nuevo empleo.

Concepto 105151 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La vinculación de supernumerarios es diferente a la vinculación mediante contrato de prestación de servicios y cada una guarda una reglamentación muy diferente, por lo cual, no es procedente realizar un contrato de prestación de servicios dentro de la figura de los supernumerarios.