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Concepto 99751 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los parientes en segundo grado de afinidad (cuñados) de los concejales no se encuentran inhabilitados para vincularse como empleados públicos del nivel directivo en el respectivo municipio, toda vez que dicho grado de consanguinidad no hace parte de las prohibiciones señaladas por la ley. |