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Decreto 969 de 2021 - Nivel Nacional

Establece el régimen salarial y prestacional para el personal de empleados públicos docentes de los Colegios Mayores, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas e Instituciones Técnicas Profesionales del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial. Efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2021 salvo lo dispuesto en el artículo 6o del presente decreto.

Decreto 969 de 2017 - Nivel Nacional

Modifica el artículo 2.6.1.6.1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, adicionado mediante el Decreto 1829 de 2016

Decreto 969 de 2013 - Nivel Nacional

Que se hace necesario modificar el inciso cuarto del artículo 28 del Decreto 3626 de 2005, reglamentario del Decreto Ley 765 de 2005, para armonizarlo al decreto ley que se reglamenta y a la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional, que dice: "Las listas de elegibles podrán ser utilizadas para proveer otros empleos vacantes siempre que sean compatibles con los requisitos y el perfil del rol del empleo, previo concepto motivado de la jefatura de Gestión Humana¿, "Una vez provistos los empleos objeto del concurso, se deberán utilizar las listas de elegibles en estricto orden descendente para proveer las vacantes que se presenten en empleos iguales o equivalentes"

Sentencia 969 de 2012 -

Sentencia 969 de 2009 - Corte Constitucional

Quien adelante la actuación disciplinaria deberá conforme las reglas del debido proceso, demostrar que la conducta de que se acusa a una persona (i) es una conducta establecida como disciplinable; (ii) que la ocurrencia de dicha conducta se encuentra efectivamente probada y (iii) que la autoría y responsabilidad de ésta se encuentra en cabeza del sujeto pasivo de la acción disciplinaria. Sólo después de superados los tres momentos la presunción de inocencia queda desvirtuada, como expresión de las garantías mínimas dentro de un Estado Constitucional.

Sentencia 969 de 2003 -

Sentencia 969 de 2003 - Corte Constitucional

La calificación de servicios no satisfactoria del período de prueba respecto del cargo de ascenso sólo puede producir efectos en relación con dicho cargo, en el sentido de impedir el nuevo registro de aforo y por tanto la permanencia en ese nuevo cargo, y no respecto del cargo de carrera que ocupaba el empleado, en el sentido de declarar insubsistente el nombramiento, ya que en relación con este último no ha existido una calificación igualmente no satisfactoria

Sentencia 969 de 1999 - Corte Constitucional

El artículo 120 de la Ley 489 de 1998 fue declarado inconstitucional por vulnerar el artículo el artículo 150-10 de la C.P, por eso los decretos que se produjeron invocándola como fundamento, fueron expedidos bajo la carencia de competencia por parte del Presidente para hacerlo y se declara la INEXEQUIBILIDAD de los mismos.

Decreto 969 de 1995 - Nivel Nacional

Red Nacional para la atención de emergencias, art. 1. Objetivo, art. 2. Organización , art. 3. Entidades administradoras de los centros, art. 4. Comités para la prevención y atención de desastres, art. 5. Recursos, art. 6. Planes de desarrollo y apropiaciones presupuéstales, art. 7. Contratos de comodato, art. 8. Sistema de información, art. 9. Control de inventarios, art. 10. Traslado de equipos, art. 11.