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Concepto 93521 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el evento de que se haya dictado un fallo de tutela y no se haya impugnado dentro de los plazos que establece la norma, se entenderá que se encuentra en firme, por lo que la entidad deberá dar estricto cumplimiento a lo que ordene la providencia judicial. |