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Concepto 93161 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las prestaciones sociales de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público contenidas en el Decreto 1045 de 1978 contemplan su reconocimiento y pago en forma proporcional. En consecuencia, no habrá lugar a la aplicación de la no solución de continuidad cuando un empleado se retire de una entidad y se posesione en otra, siendo procedente que en la nueva entidad en la que se vincule, inicie el conteo para su reconocimiento y pago. |