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Sentencia 92113 de 2010 - Consejo de Estado El abandono del cargo es una causal autónoma de retiro del servicio, que atiende a la prestación eficiente y continuada de la función pública, y que no requiere el previo adelantamiento de un proceso disciplinario, pero si de unas algunas diligencias que le permitan comprobar a la Entidad no sólo la ausencia del funcionario, sino la inexistencia de una causa que lo justifique, dentro del marco del debido proceso.No se requiere adelantar un proceso disciplinario previo a la declaratoria de la vacancia, basta con comprobar la ausencia y la inexistencia de una justa causa para que la Entidad cumpla con su deber de retirar del servicio al empleado que haya incurrido en dicha conducta. |