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Directiva 9 de 2011 - Presidencia de la Republica Pone en conocimiento de las autoridades del orden nacional comprometidas con la atención de la población desplazada, la metodología de costeo presentada en el ¿Informe del Gobierno Nacional a la Corte Constitucional sobre la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado mediante la Sentencia T-025 de 2004¿ y establecer lineamientos y directrices para la revisión del ejercicio y su respectiva actualización. |
Directiva 9 de 2009 - Presidencia de la Republica Ante la creciente participación de niñas, niños y adolescentes en actividades organizadas por delincuentes en hechos relacionados con el tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, homicidios, hurtos y porte ilegal de armas, entre otros eventos punibles, propone la incorporación de estrategias de prevención haciendo énfasis en acciones tales como, Prevención desde el grupo familiar, Prevención desde la educación y Prevención del consumo de sustancias psicoactivas. Para ello, la policía deberá fortalecer los servicios y programas de carácter comunitario que permitan conocer los problemas y atender las necesidades de seguridad, así como aumentar los programas educativos de prevención de alcohol, tabaco y drogas. |
Directiva 9 de 2006 - Procuraduria General de la Nacion Dispone que las autoridades nacionales, departamentales y municipales tomen medidas tendientes a: a) Garantizar la vigencia efectiva del principio de igualdad y no discriminación, mediante políticas, programas, planes y acciones, que incluyan la perspectiva de género y destinar los recursos necesarios para la ejecución de los mismos, así como a brindar atención prioritaria a las mujeres víctimas de todo tipo de violencia; b) Divulgar las normas jurídicas internacionales vinculantes para Colombia en materia de género y derechos de las mujeres; c) Revisar y ajustar el manejo y uso de la información relativa a los temas de mujer, género y derechos sexuales y reproductivos, para que de manera sistemática, las estadísticas se desglosen como mínimo por sexo, y edad, se mantengan actualizadas y a disposición de las entidades de planeación, de vigilancia y de control; d) Garantizar que todos los casos de violencia por razón de género, sean objeto de investigaciones oportunas, completas e imparciales, así como asegurar el adecuado castigo de los responsables y la reparación a las víctimas; e) Revisar y fortalecer las acciones dirigidas a prevenir y sancionar la trata de mujeres, niñas y niños, así como las necesarias para atender integralmente a las víctimas de este delito; g) Incluir en las agendas de los Consejos de Política Social Departamentales y Municipales, estrategias que permitan: (i) visualizar la situación de los derechos de las mujeres; (ii) la construcción de políticas públicas desde la perspectiva de género y (iii) el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género y derechos de las mujeres. |