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Concepto 85821 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública La jornada máxima laboral de las Gobernaciones debe ser de cuarenta y cuatro (44) horas semanales las cuales serán distribuidas en el horario de trabajo que el jefe de cada entidad establezca; además, dentro de la citada jornada, cuarenta (40) horas se dispondrán para atender al público. |