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Ley 856 de 2003 - Nivel Nacional

Por la cual se modifica el artículo 7º de la Ley 1ª de 1991. Señala la metodología para calcular el valor de las contraprestaciones que deben pagar quienes obtengan una concesión o licencia portuaria, por concepto del uso y goce temporal y exclusivo de las zonas de uso público y por concepto del uso de la infraestructura allí existente.

Decreto 856 de 1994 - Nivel Nacional

Decreto Nacional 856 de 1994 Registro de proponentes en las Cámaras de Comercio