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Concepto 83831 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los personeros municipales son empleados de período de cuatro (4) años, cuya elección se producirá dentro de los primeros diez (10) días del mes de enero del año respectivo por parte del correspondiente Concejo. Los Personeros que se elijan iniciarán su período el primero (1°) de marzo siguiente a su elección y lo concluirán el último día del mes de febrero del cuarto año. La posesión del Personero únicamente la realizará el Concejo Municipal.