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Concepto Sala de Consulta C.E. 822 de 1996 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Los funcionarios de la Rama Judicial, de conformidad con el art. 228 de la Constitución Política, operan dentro del sistema "desconcentrado y autónomo". En armonía con este sistema y según el art. 256.3, corresponde al Consejo Superior de la Judicatura, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria y salas disciplinarias de los consejos seccionales, según sea el caso, examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la Rama Judicial magistrados de tribunales y consejos seccionales de la judicatura, jueces y fiscales) |