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Decreto 805 de 2024 - Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Modifica el numeral 2 del artículo 2,2.8.4.4. del Decreto 1078 de 2015, para fijar la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales para el período 2024 - 2026 |
Decreto 805 de 2020 - Nivel Nacional Crea un aporte económico temporal de apoyo a los trabajadores de las notarías del país en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. |
Decreto 805 de 2013 - Nivel Nacional Por el cual se reglamenta el artículo 173 del Decreto 019 de 2012, ya que se hace necesario que el Gobierno Nacional expida la reglamentación correspondiente en lo relacionado con el registro de los libros electrónicos |
Decreto 805 de 2008 - Nivel Nacional Establece que en los municipios con población superior a 30.000 habitantes, las personas naturales que destinaron sus vehículos de servicio particular al transporte escolar, podrán prestar dicho servicio hasta el 31 de diciembre del año 2010, siempre y cuando se encuentren vinculados a empresas habilitadas para la prestación del servicio público de transporte especial y sean autorizados por el Ministerio de Transporte, previa la acreditación de los requisitos establecidos en el Decreto 805 citado. Los propietarios de los vehículos de placa particular de servicio escolar que obtuvieron el permiso correspondiente, sólo podrán realizar la reposición o renovación del vehículo por otro nuevo o de mejores condiciones de operación, siempre que este sea de servicio público y cumpla con las condiciones de homologación y edad exigidas para el servicio público de transporte especial. |
Ley 805 de 2003 - Nivel Nacional Por la cual se transforma la naturaleza jurídica de la Universidad Militar Nueva Granada. |
Decreto 805 de 1994 - Nivel Nacional Se modifica el Decreto 256 de 1994, respecto de la selección personal, convocatoria para concurso, formulario de inscripción, publicación, lista de elegibles, solicitud de inscripción en carrera, art. 1 a 8. Período, art. 8. Evaluaciones, art. 9. Adecuada aplicación del sistema de calificación de servicios, art. 10. Vigencia, art. 11. |