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Sentencia 8001 de 2002 - Tribunal Superior del Distrito Judicial Se considera que los demandantes eran socios fundadores de la Asociación Sindical de Empleados Públicos de la Secretaría de Tránsito y Transportes de Bogotá D.C., ASEMPU-STT, constituida en asamblea de fundación el 27 de julio de 2001, esto es, con posterioridad a la fundación del Sindicato de Trabajadores de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá – “SINTRASTT”, en otras palabras buscan que la protección sindical se extienda más allá del término que le concede la fundación SINTRASTT, cuestión que resulta inadmisible dada la finalidad de la institución del fuero sindical, que no es otra que permitir el desarrollo del derecho de asociación sindical, por lo que la entidad reconoció y respeto la garantía foral derivada inicialmente, de manera que al fundar otra organización sindical con idéntico propósito en la misma empresa, no tiene razón de existir, más allá de obtener un amparo ilegítimo, que es lo que se vislumbra del comportamiento de los trabajadores que crearon a ASEMPU-STT, siendo así, no puede el ordenamiento constitucional y legal proteger dicha conducta, por abuso del derecho. |