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Concepto 78861 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El numeral 4 del literal d) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, señala que corresponde al alcalde municipal fijar los emolumentos de los empleos públicos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.