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Sentencia 780 de 2018 - Consejo de Estado En análisis de la decisión se tuvo en cuenta que el accionado sí estuvo en el recinto, al punto que participó en las votaciones relacionadas con los demás Proyectos de Ley e intervino en el debate de los Proyectos de Ley 177 de 2016 Senado, los requisitos que deben cumplirse para que se dé la causal de perdida de investidura del numeral 2 del articulo 183 de la C.P., se deben dar las siguientes: (i) La inasistencia del congresista; (ii) Que la inasistencia ocurra en el mismo periodo de sesiones; (iii) Que las seis sesiones a las que deje de asistir sean reuniones plenarias; (iv) Que en sesiones plenarias se voten proyectos de ley, de acto legislativo o mociones de censura y (v) Que la ausencia no esté justificada o no se haya producido por motivos de fuerza mayor. Se concluye que la conducta atribuida al señor Iván Duque Márquez no configura la causal de pérdida de investidura prevista en el artículo 183.2 de la Constitución. |
Sentencia 780 de 2007 - Corte Constitucional Señala que la presunción contenida en el art. 7 de la Ley 1010 de 2006 es constitucional, por cuanto pretende garantizar los derechos de quien es sujeto pasivo de acoso laboral de manera permanente y pública. |