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Concepto 76981 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos no incluidos en la prhibición establecida en el artículo 127 de la Constitución Política están autorizados para participar en actividades de los partidos y movimientos políticos y en controversias políticas, con sujeción en la Contitución (art. 127 y 110) y algunas leyes que establecen infracciones y prohibiciones; siempre y cuando no se utilice el empleo como medio de presión sobre ls ciudadanos. |