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Sentencia 7663 de 2012 - Consejo de Estado Constituye en una expresión genuina de democracia, que las Juntas Administradoras Locales a través de un proceso que responda al criterio del mérito de las calidades personales y capacidad profesional, puedan convocar con certeza a los aspirantes, y al elaborar la correspondiente terna, apliquen el sistema de cuociente electoral. No hay un mejor método para seleccionar a los más idóneos, sin que haya lugar a pensar que dichos procesos modifican la naturaleza jurídica de cargo de Alcalde Local, ni que limiten la autonomía de las entidades que participan en la designación, es decir, de las Juntas Administradoras Locales y el Alcalde Mayor del Distrito Capital. |