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Sentencia 764 de 2011 - Consejo de Estado La Procuraduría General de la Nación asumió la competencia prevalente para conocer de la acción disciplinaria adelantada contra Edgar Julián Cobos Castellanos, estaba vigente la tesis acerca del poder disciplinario preferente de aquella entidad, aun respecto de los funcionarios judiciales, únicamente si el ente encargado, esto es, las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias del Consejo Superior de la Judicatura o de los Consejos Seccionales no hubieran iniciado con anterioridad el respectivo trámite disciplinario, y como en el presente asunto no se probó que estos últimos hubieran iniciado acción disciplinaria alguna en contra del actor, es necesario señalar que para ese entonces la Procuraduría General de la Nación sí tenía competencia para aplicar la sanción disciplinaria |