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Concepto 7501 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El concejal municipal, al ser un servidor público se encuentra inhabilitado para celebrar contratos con entidades del Estado y con personas privadas que manejen o administren recursos públicos 2. Los servidores públicos, como es el caso de los concejales, se encuentran inhabilitados para ejercer la abogacía, incluso en el sector privado, de conformidad con lo señalado en la Ley 1123 de 2007, la Ley 734 de 2002 y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, con algunas excepciones puntuales. |
Sentencia 7501 de 1995 - Consejo de Estado "El despacho reafirma que, La prima técnica establecida en el decreto No. 1016 de 1991 a favor de los Magistrados de la Corte, Consejo de Estado y Tribunal Disciplinario, está dada en atención a las calidades excepcionales que se exigen para el ejercicio de las funciones propias de esos empleos (artículo 1o.) no constituye factor salarial y no se tendrá en cuenta para la determinación del salario de otros funcionarios. En cuanto al artículo 2o. del decreto 903 de 1992, dice que señala un régimen salarial optativo para magistrados de la Corte, Consejo de Estado, etc., constituido por asignación básica, gastos de representación y prima especial de servicios de la ley 4a. de 1992, en esta remuneración total se incluye la prima especial de servicios del artículo 15 de la ley 4a. de 1992." |