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Concepto 73921 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se tendra derecho a la prima de vacaciones establecia para los docentes en el Decreto 1381 de 1997 siempre y cuando el docente haya laborado durante los diez meses del año escolar y, en caso de que haya prestado sus servicios en mas de una entidad territorial, se computara el tiempo prestado en ellas, siempre y cuando no haya existido solución de continuidad. |