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Concepto 73701 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública La terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga se realizará por acto motivado, y sólo será admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por realizarse el concurso de méritos, la imposición de sanciones disciplinarias, calificación insatisfecha u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y deberá prestar el funcionario. |