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Decreto 731 de 2017 - Nivel Nacional

Teniendo en cuenta el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el Municipio de Mocoa, Departamento de Putumayo, el gobierno nacional decreta diferentes medidas tributarias, como la exención transitoria del IVA de diferentes bienes.

Decreto 731 de 2009 - Nivel Nacional

Fija el límite máximo salarial mensual del Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. para el año 2009. Dispone que el valor y las condiciones para el otorgamiento de los viáticos en las comisiones de servicios de los Gobernadores y Alcaldes corresponderá a lo establecido por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. De igual forma señala que la bonificación de dirección para los Gobernadores y Alcaldes continuará reconociéndose en los mismos términos y condiciones a que se refiere los Decretos 4353 de 2004 y 1390 de 2008.

Sentencia 731 de 2005 - Corte Constitucional

la declaratoria de inconstitucionalidad del inciso final del artículo 12 de la ley 820 de julio 10 de 2003 (por la cual se expide el Régimen de Arrendamiento de Vivienda Urbana y se dictan otras disposiciones).

Ley 731 de 2002 - Nivel Nacional

Sentencia 731 de 2001 - Corte Constitucional

En la sentencia que finaliza el procedimiento especial de acción de reintegro, el juez se pronuncia acerca de la legalidad del despido o el retiro del servicio, se produce un desfase entre la decisión adoptada y el procedimiento surtido. Un ejemplo de dicha situación se ve claramente cuando el trabajador, a pesar de creerlo, no está realmente cobijado por el fuero sindical, pero ha sido despedido de manera ilegal. Si el juez se pronuncia acerca de la legalidad del despido en la acción de reintegro, estaría profiriendo una decisión que puede desmejorar la situación procesal del demandante, en la medida en que el demandado puede alegar la existencia de una cosa juzgada cuando intente nuevamente la demanda para obtener un pronunciamiento sobre la ilegalidad del despido. En ese caso, el procedimiento mediante el cual se debe establecer la ilegalidad del despido o del retiro no es el procedimiento especial y expedito de diez (10) días de la acción de reintegro, sino un proceso ordinario laboral o, en otros casos, una acción ante la jurisdicción contencioso administrativo