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Sentencia 7082 de 2001 - Consejo de Estado Dentro del régimen de pérdida de investidura del cual trata el Artículo 55 de la Ley 617 de 2000 se infiere que la causal del numeral 2 por violación del régimen de inhabilidades fue derogada y suprimida por el Artículo 48 de la Ley 617 de 2000, por lo tanto, ha de tenerse como desaparecida de las causales de pérdida de la investidura de los concejales y miembros de juntas administradoras locales, sin perjuicio de su aplicación y sanción en otros regímenes, como los regímenes electoral y disciplinario. |