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Concepto 63961 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de 70 años; una vez cumplido se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñan y no podrán ser reintegrados al servicio, salvo en las excepciones señaladas en el artículo 2.2.11.1.5 del Decreto 1083 de 2015. |