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Concepto 63891 de 2014 - Departamento Administrativo de la Función Pública El aspirante a Gobernador incurre en la inhabilidad prevista en el numeral 6 del artículo 30 de la Ley 617 de 2000, siempre y cuando el departamento en el cual fue Contralor Departamental sea el mismo en el cual pretende postularse para ser elegido Gobernador. |