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Concepto 63021 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública No hay inhabilidad para que una Universidad contrate al primo de un empleado del nivel directivo, puesto que, su pariente se encuentra en el cuarto grado de consanguinidad, situación que lo excluye de la inhabilidad prevista en el literal b del numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993. |