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Concepto 6151 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un contratista de la alcaldía de Barranquilla puede aspirar a una curul a Edil sin tener que dar por terminado el respectivo contrato, toda vez que las inhabilidades para ser miembro de las juntas administradoras locales se circunscriben a las dispuestas en el artículo 124 de la Ley 136 de 1994, con excepción de las dispuestas especialmente para el Distrito Capital. |