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Concepto 59481 de 2018 - Departamento Administrativo de la Función Pública El artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, establece que es competencia del jefe de la entidad, establecer el horario laboral que deben cumplir los servidores públicos, siempre que se laboren 44 horas semanales, y analizar la procedencia de establecer horarios flexibles garantizando la prestación efectiva del servicio. |