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Concepto 59191 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se podrá prorrogar el término de posesión de la persona designada para ocupar un empleo público, cuando a juicio de la entidad nominadora exista causa justificada, dicho plazo no podrá exceder de 90 días hábiles. Una vez concedida la prórroga para tomar posesión del empleo, la norma no contempla la posibilidad de otorgar una nueva.