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Concepto 58841 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública No existiría prohibición alguna para que un servidor público ejerza como miembro de una liga deportiva, siempre que ello no conlleve la prestación particular de asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones que éste desempeña y que en caso de ejercer como representante legal de la misma, no suscriba contratos estatales. |