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Concepto 58351 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por expresa prohibición Constitucional y legal, los empleados públicos se encuentran inhabilitados para celebrar contratos Estatales, con las entidades u organismos públicos del estado ya sea directa o indirectamente. Sin importar el nivel del cargo en el que se encuentre vinculado, se encuentran inhabilitados para ejercer la abogacía, incluso en el sector privado. |