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Concepto 577431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si al empleado de libre nombramiento y remoción le falta cumplir requisitos para acceder a la pensión de vejez no existe impedimento legal para que sea declarado insubsistente por el nominador en cualquier tiempo, por cuanto, como lo señala el artículo 41 de la Ley 909 de 2004, el retiro por insubsistencia del nombramiento en los empleos de libre nombramiento y remoción es una causal de retiro del servicio autónoma e independiente consagrada en la ley. |