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Sentencia 574 de 2003 - Corte Constitucional Corte Constitucional declara la exequibilidad del artículo 112 de la Ley 788 de 2002 "por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial, y se dictan otras disposiciones." señalando que la disposición que impone al notario el deber de depositar los dineros destinados a él mismo en una cuenta única, desconoce el principio de la autonomía de la voluntad, porque le exige a unos ciudadanos la obligación de abrir una cuenta bancaria para depositar sus ingresos, sin dejarlos en libertad de decidir si lo quieren hacer o no. La obligación del artículo 112 de la ley 788 de 2002, resulta desproporcionada en un Estado de derecho pues resulta inadmisible que el legislador imponga una exigencia de estas características a un ciudadano así ostente la condición de notario. |