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Decreto 530 de 2021 - Nivel Nacional

Modifica el artículo 3 del Decreto 1333 de 2019, en cuanto al giro previo de servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación UPC.

Decreto 530 de 2020 - Nivel Nacional

Adoptan medidas tributarias transitorias en relación con gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y el impuesto sobre las ventas en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Decreto 530 de 2012 - Nivel Nacional

Se reglamenta la Ley 1371 de 2009. Las universidades de que trata el presente decreto se deben constituir en un fondo para el pago del pasivo pensional el cual se organiza como una cuenta especial sin personería jurídica de la respectiva universidad y va a ser administrado mediante patrimonio autónomo por una sociedad fiduciaria. Estos fondos tendrán como recursos el valor de las transferencias anuales que realice la Nación, en su nombre y de la universidad, las reservas que fueron acumuladas por las cajas de previsión de las universidades y que formaban parte de los activos de dichas entidades al momento de su liquidación, bien sean recursos líquidos o en otros activos, los aportes que por ley deban devolver los empleadores o administradoras de pensiones a nombre de los pensionados de las universidades entre otros.

Sentencia 530 de 2009 - Corte Constitucional

Los grados de consanguinidad aplicables a la prohibición de nombramiento en cabeza de los concejales del Municipio de Distracción aún se mantienen invariables tanto en la Constitución Política como en la ley y, por tanto, no hay razón a partir de la cual se pueda emplear a este caso la figura del decaimiento o el principio de favorabilidad. Como consecuencia de lo expuesto, se infiere la negativa de protección constitucional solicitada de los derechos al trabajo, al debido proceso y al ejercicio de los derechos políticos.

Sentencia 530 de 2003 - Corte Constitucional

La importancia y el carácter riesgoso del tránsito terrestre justifican que esta actividad pueda ser regulada de manera intensa por el Legislador, quien puede señalar reglas y requisitos destinados a proteger la integridad de las personas y los bienes. Por ello se ha resaltado que el tránsito es una actividad "frente a la cual se ha considerado legítima una amplia intervención policiva del Estado, con el fin de garantizar el orden y proteger los derechos de las personas”. La regulación del tránsito se funda en gran medida en la concesión a ciertas autoridades –las autoridades de tránsito- de la facultad de imponer sanciones a aquellos conductores que infrinjan las normas que buscan proteger la seguridad de las personas.

Decreto 530 de 1994 - Nivel Nacional

Sentencia 530 de 1993 - Corte Constitucional

Concepto Sala de Consulta C.E. 530 de 1993 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

El artículo 3 de la Ley 91 de 1989, promulgada el 29 de diciembre de dicho año, creó el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio "como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, el cual deberá atender las prestaciones sociales de los docentes nacionales y nacionalizados "que se encuentren vinculados a la fecha de promulgación de la presente ley...", quienes para el efecto, se afiliarán automáticamente a este Fondo sin necesidad de pagar la correspondiente cuota de afiliación (Artículo 4 Ibídem).