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Sentencia 51778 de 2018 - Corte Suprema de Justicia La conducta de abuso de función pública se refiere a una ilegalidad signada por desbordar una atribución funcional que le corresponde ejecutar a otro funcionario, hecho en el que radica la ilegalidad del acto. En cambio, en el prevaricato el sujeto puede ejecutar el acto en el ámbito de su función, pero al hacerlo infringe manifiestamente el orden jurídico. Es decir, mientras en el abuso de función pública el servidor realiza un acto que por ley le está asignado a otro funcionario que puede ejecutarlo lícitamente, en el prevaricato el acto es manifiestamente ilegal sin que importe quién lo haga. |