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Concepto 50591 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es viable considerar el traslado o la permuta de un empleado público; ahora bien, es necesario hacer énfasis en que en el evento que se trate de una permuta o traslado interinstitucional, se deberá contar con la suscripción del acto administrativo por parte de los representantes legales de ambas entidades, donde se exprese en forma clara la forma de pagar lo correspondiente a los salarios y prestaciones sociales. |