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Concepto 50431 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado público que haya prestado sus servicios a la entidad por un tiempo continuó o discontinúo, tendrá derecho al reconocimiento y pago en los términos y condiciones que señalan las normas que rigen la materia; es decir, cuando se cumplan 5, 10, 15 o 20 años de servicios a la entidad |