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Sentencia 50 de 2012 - Consejo de Estado

El manual de funciones y de seguridad bancaria, señala las funciones y radica en cabeza del Director de Oficina la responsabilidad del uso, mantenimiento y custodia de todos los equipos de seguridad como función exclusiva, salvo que medie delegación y también para el Director y demás empleados, señala otras responsabilidades por lo que cualquier incumplimiento de los protocolos de seguridad los compromete. De tal suerte que tratándose de la seguridad bancaria la responsabilidad es del Director en cuanto al manejo de los equipos de seguridad además, el uso de las llaves es personal e intransferible y residía primordialmente en cabeza del actor la responsabilidad de vigilar, coordinar y verificar el cumplimiento de los manuales de seguridad. 

Sentencia 50 de 2011 - Consejo de Estado

En estos eventos, cuando existe indudablemente la vía de hecho, según las circunstancias del caso concreto, y frente a un perjuicio irremediable, debidamente sustentado, el juez de tutela puede conceder la acción de tutela, como mecanismo transitorio, o, excepcionalmente, en forma definitiva.