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Decreto 4966 de 2007 - Nivel Nacional

Fija a partir del 1° de enero de 2008, el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta 2 veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de $55.000.oo mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.