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Concepto 49061 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La hermana (segundo grado de consanguinidad) de un concejal se encuentra inhabilitada para ser contratistas del respectivo municipio, o de sus entidades descentralizadas, directa o indirectamente, aún si se trata de un municipio de cuarta, quinta y sexta categoría, en razón al grado de parentesco. |