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Sentencia 484 de 2017 - Corte Constitucional Analiza la Corte la constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria No. 27/15 Senado y No. 191 / 15 Cámara, "por la cual se modifica la Ley estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones". Encuentra la Corte ajustada a la Constitución la conformación del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud, por cuanto efectivamente el legislador cuenta con la competencia para asignar funciones a los servidores públicos relacionados en el artículo 18 del proyecto de ley estatutaria |
Sentencia 484 de 2008 - Corte Constitucional La situación económica del empleador, sea público o privado, los argumentos económicos, presupuestales o financieros no justifican el incumplimiento del deber legal y constitucional de pagar oportunamente los salarios a los trabajadores. En el caso de las entidades públicas, la orden del juez de tutela deberá ser que, en un término razonable fijado por el juez, se cree una partida presupuestal, si no existiere, o se realicen los trámites correspondientes para obtener dichos fondos, bajo el entendido de que los créditos laborales vinculados al mínimo vital, gozan de prelación constitucional. En esta línea, el desorden administrativo o los indebidos manejos de los recursos públicos no son ni podrían ser óbice para impedir el pago puntual de los salarios y prestaciones de los empleados y trabajadores que se encuentran al servicio de la administración. Tampoco, exime al empleador público o privado, el que esa situación no sea producto de su negligencia o desidia, pues de todos modos debe responder por la protección y respeto de los derechos fundamentales de los empleados y los trabajadores. |
Sentencia 484 de 2002 - Corte Constitucional La Corte considera que no le es dable a la autoridad judicial cuantificar el monto de la condena atendiendo a las condiciones personales del servidor público, cuando el Estado ha sido condenado a reparar un daño por la conducta dolosa o gravemente culposa de su agente sino que la acción de repetición con la pretensión de obtener el reembolso de lo pagado por el Estado. |
Sentencia 484 de 2000 - Corte Constitucional El proceso fiscal no tiene un carácter sancionatorio, ni penal ni administrativo, sino que tiene un fundamento resarcitorio. La multa sancionatoria en el proceso de responsabilidad fiscal pretende resarcir el daño causado al erario público. En este sentido la multa y la amonestación buscan como medidas correcionales en el proceso fiscal facilitar el ejercicio de la vigilancia fiscal. |
Sentencia 484 de 1995 - Corte Constitucional La fijación de las actividades que van a ser desempeñadas por virtud de vinculación legal y reglamentaria dentro de las empresas industriales o comerciales, corresponde a una función constitucional de orden administrativo que bien puede entregar la ley a sus juntas directivas, para ser ejercidas en la forma que determinen sus estatutos internos, sin que ello, modifique la naturaleza del empleo ni la de la relación laboral de carácter oficial que está dada por ley. |