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Decreto 4823 de 2010 - Nivel Nacional

Los contratistas y concesionarios del Estado deberán poner a disposición del Gobierno Nacional cuando este lo requiera, la maquinaria, el equipo y personal que este a su disposición para atender de manera inmediata las emergencias viales o de cualquier otra naturaleza que se presenten en su zona de actividad o de influencia, mitigar el impacto generado por la necesaria atención de emergencias que amenacen la vida y demás derechos de la población en atención de la emergencia económica, social y ecológica ocasionada por el fenómeno de la Niña.