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Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Sentencia 471 de 2023 - Corte Constitucional

Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán recaudar y analizar la información (i) prefiriendo aquella prueba que no lesione la vida privada del asegurado y, en el evento en el que no se cuente con una amplitud de opciones, que la prueba practicada sea legítima, necesaria y proporcional a los hechos que se investiga; (ii) delimite tiempos precisos y restringidos en los que se adelantará la investigación, con el fin de no exponer al asegurado o beneficiario a un interminable cuestionamiento que afectaría su tranquilidad; (iii) determine quienes podrán tener acceso a la información privada del asegurado, evitándose la circulación y/o tercerización de la información con particulares que no hacen parte de la relación contractual inicial; (iv) entregue información clara y precisa al afiliado o potencial beneficiario y le permita hacer uso del derecho de defensa y contradicción a partir de conocer la metodología y práctica de las investigaciones que se lleven a cabo para resolver sobre su derecho, las cuales deben ser compatibles también con el derecho a la intimidad.

Decreto 471 de 2022 - Nivel Nacional

Se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales.

Sentencia 471 de 2020 - Corte Constitucional

Corte Constitucional declara EXEQUIBLE la expresión “En todo caso, el cargo de fiscal del sindicato corresponderá a la fracción mayoritaria de las minoritarias” contenida en el numeral 2° del artículo 391 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 54 de la Ley 50 de 1990, toda vez que se trata de una limitación razonable que se sustenta en la salvaguarda de la participación y el pluralismo a favor de las minorías, que a su vez asegura el control intraorgánico que, en términos de independencia y como expresión del sistema de frenos y contrapesos al interior de los sindicatos, debe brindar el cargo de fiscal.

Decreto 471 de 2020 - Nivel Nacional

Deroga un titulo del Decreto Único Reglamentario del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en lo relacionado con la política de precios insumos agropecuarios.

Decreto 471 de 2015 - Nivel Nacional

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Sentencia 471 de 2013 - Corte Constitucional

(i) el legislador viola la competencia asignada en la Constitución Política a la Comisión Nacional del Servicio Civil (arts. 125 y 130, CP) al establecer que cada Superintendencia administrará el sistema específico de carrera de su entidad, y no la Comisión Nacional del Servicio Civil. Esta violación es especialmente grave si la decisión no fue adoptada por el Congreso de la República sino el Ejecutivo, en su calidad de legislador extraordinario. (ii) Son inconstitucionales por consecuencia, aquellas funciones otorgadas a las Superintendencias cuando evidente y necesariamente, tal decisión normativa supone que las Superintendencias tienen la competencia para administrar el sistema de concurso específico de su respectiva entidad y no la Comisión Nacional del Servicio Civil, como lo establece la Constitución Política de Colombia de 1991, según jurisprudencia constitucional consolidada.

Decreto 471 de 2013 - Nivel Nacional

Modifica el Decreto 226 de 2013, respecto a la integración de la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Concepto Sala de Consulta C.E. 471 de 1992 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

La dotación de calzado y vestido de labor procede cuando el empleado beneficiado está vinculado al servicio de la entidad respectiva y para el cumplimiento de su labor. La entidad oficial no puede válidamente entregar dicha dotación o compensarla en dinero, una vez terminada la relación laboral, pues dadas sus especiales características no participa ni de la naturaleza de salario ni de prestación social. La mencionada dotación de prendas para el trabajo deben ser entregadas a aquellas personas que ejercen cargos en el sector público, dentro de las condiciones establecidas por la ley, y con el sólo objetivo de facilitar las labores de los empleados, en las mismas condiciones como debe entregarse el equipo necesario para desarrollar la función asignada.