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Concepto 470431 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las comisiones de estudios se pueden conferir al interior del País o al exterior. Con la finalidad que el empleado reciba formación, capacitación o perfeccionamiento en el ejercicio de las funciones propias del empleo del cual es titular, o en relación con los servicios o competencias a cargo del organismo o entidad donde se encuentre vinculado el empleado. La comisión no es procedente para adelantar un curso de idiomas en el exterior. |