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Concepto 468361 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las entidades u organismos públicos velarán por prestar los servicios a su cargo mediante la modalidad de trabajo en casa, utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones; además, señala igualmente la norma que, por razones sanitarias, las autoridades podrán ordenar la suspensión del servicio presencial, total o parcialmente. En ese sentido, el nominador deberá determinar si autoriza al funcionario para que desempeñe sus funciones a través de esta modalidad en otra ciudad, para lo cual, deberá tenerse en cuenta el domicilio de la entidad, toda vez que eventualmente se puede requerir la presencia física del empleado en las instalaciones físicas de la misma. |