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Concepto 466081 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para hacer efectiva esta protección es necesario haber acreditado la calidad de pre-pensión antes de que los cargos salgan a concurso de la CNSC. Con posterioridad a la convocatoria por parte de la CNSC, y en caso de que el funcionario adquiera la calidad de pre-pensión, la entidad debe hacer todo lo posible para reubicar a los servidores públicos que acrediten esta calidad, puede esto ser en un cargo de vacancia temporal, definitiva o planta temporal. De no ser posible ninguno de estos eventos, entonces se debe motivar el acto administrativo de retiro del servicio por provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo.